Por Nora Gelli


Las islas del Delta del Paraná, por su ubicación estratégica, su extensión y su fertilidad, han convertido a este territorio en un punto de interés recurrente para proyectos productivos y emprendimientos de diversa índole que han generado empleabilidad y productividad en la comunidad. Aun así, existe el temperamento peronista o autoritario de quienes piensan en la fábula de la soberanía. No es más que un cuento de los Hermanos Grimm para que los niños duerman en paz.

No está de más decir, en referencia al mito de la soberanía nacional, que la inflación entre 1949 y 1951 superó el 35 % anual (Banco Central de la República Argentina, s. f.): no había soberanía monetaria, sino emisión descontrolada para sostener subsidios. Entre tantos casos habidos y por haber de la contradicción peronista, en 1947 el mandatario adquiere los ferrocarriles británicos por 150 millones de libras y los paga al doble de su valor de mercado (Gerchunoff & Llach, 2003; Halperin Donghi, 2003; Rouquié, 1981). ¿Cómo se entiende? Era una forma de salvar la economía británica de posguerra, no un acto de soberanía nacional. La historia debe ser revisada por fuera del discurso.

Volviendo a nuestro plano de análisis, este recorrido permite situar la cuestión de estas tierras insulares en un horizonte más amplio, en el que se entrecruzan tradiciones jurídicas, impulsos privados e intereses estatales. Posiblemente sea interesante analizar, en otro momento, la ineficacia del Estado para el control de los graves incendios que se han provocado en el Delta del Paraná.

En cuanto a la propiedad privada o dominio privado, como sentenciaba uno de los padres del liberalismo: “Lo que quiera que el hombre saque del estado en que la naturaleza lo ha producido y lo deje, le añade con su trabajo algo que es suyo, y de este modo lo convierte en propiedad suya” (Locke, 1690/1991, p. 39). Por consiguiente, se puede establecer que, si un individuo trabajó, cosechó y mejoró sobre determinado territorio de las Islas del Delta del Paraná, adquiere propiedad sobre ella. No hay un vicio de origen.

En definitiva, las Islas del Delta del Paraná no pertenecen al dominio público desde la promulgación del Código Civil hasta la del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN). La consolidación de derechos privados debe respetarse; no debiera dejarse abierta la posibilidad de que se retrotraigan al dominio público en función del mito del interés general o, el más astuto entre nosotros: el mito de la soberanía nacional.

Referencias: 

. Banco Central de la República Argentina. (s. f.). Principales variables macroeconómicas: Series históricas (1940–2020). Recuperado el 5 de noviembre de 2025, de https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Principales_variables.asp

. Dornbusch, R., & Edwards, S. (Eds.). (1991). The macroeconomics of populism in Latin America. Chicago: University of Chicago Press.

. Gerchunoff, P., & Llach, L. (2003). El ciclo de la ilusión y el desencanto: Un siglo de políticas económicas argentinas (1880–2003). Buenos Aires: Ariel.

. Halperin Donghi, T. (2003). La Argentina y la tormenta del mundo (1930–1948). Buenos Aires: Ariel.

. Locke, J. (1991). Segundo tratado sobre el gobierno civil (J. L. García, Trad.). Madrid: Alianza Editorial. (Trabajo original publicado en 1690).

. Rouquié, A. (1981). Poder militar y sociedad política en la Argentina. Buenos Aires: Emecé.